Acreditada como Centro de Seguridad Privada, dependiente del Ministerio de Interior y Dirección General de la Guardia Civil
VIGILANTES DE SEGURIDAD
Antes de presentarse a las pruebas de selección que convoque la Secretaría de Estado de Seguridad y cuya superación habilitará para el ejercicio de la correspondiente profesión, previa expedición de la tarjeta de identidad profesional, los aspirantes a vigilantes de seguridad, habrán de superar, en ciclos de al menos ciento ochenta horas y seis semanas lectivas, en los centros de formación autorizados (ACADEMIA A MARIÑA), los módulos profesionales de formación que se determinan en la Resolución de 19 de enero de 1996, de la Secretaría de Estado de Interior (BOE núm. 27, de 31 de enero), en su redacción dada por la Resolución de 18 de enero de 1999, de la Secretaría de Estado de Seguridad (BOE núm. 24, de 28 de enero).
Los ciclos formativos, en su delimitación horaria, podrán comprender un porcentaje máximo del cincuenta por ciento de la formación no presencial o a distancia, debiendo impartirse obligatoriamente con carácter presencial las enseñanzas de naturaleza técnico-profesional, instrumental, de contenido técnico operativo y las prácticas de tiro y laboratorio.
Vigilantes y especialidades - Bases convocatoria
Requisitos
Para poder participar en las pruebas de selección que convoque la Secretaría de Estado, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: